viernes, 25 de marzo de 2011

Turnos Consulado Italiano Buenos Aires

A partir del día de hoy, 28 de febrero de 2011, el Consulado General de Italia en Buenos Aires abre los turnos on-line para las reconstrucciones de ciudadanía hasta el 31 de diciembre de 2011.

El número de citas diario variará entre un máximo de 60 a un mínimo de 40, según el período del año y del personal presente en la Sede. El mayor número de turnos diario será destinado a los llamados "rientri", quiere decir todos aquellos que han tenido un primer contacto con el Consulado General y cuya documentación no fue recibida porque resultaba incompleta.
Un número inferior estará dedicado a las naturalizaciones por matrimonio y a los turnos tomados para primera presentación.

Los turnos para el año 2012 serán abiertos a fines del presente año.

A continuación se brinda una explicación mas detallada de los distintos trámites:

"RIENTRI" (regresos):
aquellas solicitudes de ciudadanía italiana iure sanguinis ya analizadas por esta Oficina que han sido rechazadas en cuanto incompletas y por las cuales los interesados deseen presentar las integraciones o rectificaciones solicitadas. Cada persona mayor de 18 años interesada en obtener la ciudadanía italiana deberá solicitar el respectivo turno. Requisitos: residencia en esta circunscripción consular desde por lo menos 6 meses.

PRIMERA PRESENTACIÓN: reservado a aquellas personas que presenten por primera vez la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana. Las personas cuyos familiares ya han presentado la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía y que la misma se encuentre todavía en trámite en este Consulado General, deberán esperar que el titular del turno reciba la carta de otorgamiento de la ciudadanía antes de presentar la nueva solicitud. Caso contrario, deberán presentar toda la documentación completa nuevamente. Cada persona mayor de 18 años interesada en obtener la ciudadanía italiana deberá solicitar el respectivo turno. Requisitos: residencia en esta circunscripción consular desde por lo menos 12 meses.

NATURALIZACIÓN: Reservado a aquellas personas que presenten solicitud de naturalización por matrimonio en virtud de los artículos 5 y 7 de la Ley nº91 del 02/1992 y Ley nº94 del 15/07/2009. Requisitos: residencia en la circunscripción consular y mantenimiento del vínculo matrimonial, es decir que se podrá presentar la solicitud sólo si no hubo disolución del vínculo: anulación o cesación de los efectos civiles o fallecimiento del cónyuge (la separación personal impide la concesión de la ciudadanía italiana, una vez obtenido el decreto).

IMPORTANTE: Se hace presente que los hijos de ciudadanos italianos regularmente inscriptos en los registros consulares podrán presentar directamente a la Oficina de Estado Civil la documentación personal para el reconocimiento de la ciudadanía italiana.

Una vez obtenida la fecha y el horario del turno, podrán presentarse a este Consulado General sólo los interesados con un DNI con menos de 10 años de emitido o la Cédula MERCOSUR vigente. En los casos de los regresos (RIENTRI), deberán además presentar la "check list" o carta de citación

La Oficina de ciudadanía recibe sin necesidad de solicitar turno: 

• Las personas destinatarias de notificaciones de decretos de concesión de la ciudadanía italiana por matrimonio.
• Los casos de revocación al acuerdo Italo-Argentino (readquisición). 

www.documentositalianos.com.ar
www.documentositalianos.com
www.italiatuciudadania.com.ar

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